Sociedad -

Atropello mortal de motorista

Fiscalía rebaja la petición de multa por homicidio imprudente para el policía municipal de Bilbao

Fiscalía considera que se da una "concurrencia de culpas" al existir un comportamiento "imprudente" del agente, que se saltó un semáforo en rojo, pero también de la víctima, que "conducía al doble de la velocidad permitida y no tenía permiso para una moto de gran cilindrada".

El policía municipal acusado de un homicidio por imprudencia en el juicio. Imagen: EITB
El policía municipal acusado de un homicidio por imprudencia en el juicio. Imagen: EITB
El policía municipal acusado de un homicidio por imprudencia en el juicio. Imagen: EITB

Agencias | EITB Media

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Euskaraz irakurri: Fiskaltzak isun eskaera murriztu dio motozalea harrapatu zuen Bilboko udaltzainari

La Fiscalía ha rebajado de 10 a 4 meses con una cuota diaria de 8 euros la petición de multa al policía municipal de Bilbao acusado de un homicidio por imprudencia al colisionar el coche patrulla que conducía contra un motorista que falleció, al considerar que se da una "concurrencia de culpas" al existir un comportamiento "imprudente" del agente, que se saltó un semáforo en rojo, pero también de la víctima, que "conducía al doble de la velocidad permitida y no tenía permiso para una moto de gran cilindrada".

La Audiencia de Bizkaia ha acogido este miércoles la segunda sesión del juicio contra un policía municipal de Bilbao por el atropello mortal de un motorista en la madrugada del 28 de diciembre de 2019.

Durante la sesión de hoy han declarado los ertzainas encargados del informe pericial para determinar las velocidades de los vehículos implicados, así como dos peritos independientes que realizaron sendos informes sobre esta misma cuestión por encargo de la familia del fallecido y la defensa.

Los agentes de la Ertzaintza han determinado que la motocicleta circulaba a 62 km/h y el coche patrulla a 44 km/h en el momento de aproximación al cruce donde se produjo el choque y a 22 km/h en el momento de la colisión, "después de frenar en dos ocasiones".

Por su parte, el perito que realizó el informe sobre las velocidades por encargo de la familia del fallecido ha mantenido que el coche policial circulaba a 41,2 km/h y la motocicleta a 59,12 km/h cuando se produjo el impacto, mientras que el peritaje realizado a petición de la defensa ha determinado que la motocicleta llevaba "una velocidad de aproximación por encima de los 60 km/h" y el vehículo de los agentes a 37,2 km/h, siendo la "velocidad de impacto" del coche patrulla de 27 km/h, tras una primera frenada en la que redujo la velocidad a 32 km/h.

Tras finalizar las declaraciones de testigos y los informes periciales, las partes han elevado a definitivas sus conclusiones provisionales.

La defensa del acusado se ha mostrado conforme con la penalidad solicitad por el Ministerio Público, y el representante legal del Ayuntamiento de Bilbao, personado como responsable civil, se ha sumado a las manifestaciones de la defensa. La acusación particular ha mantenido su petición de 4 años de cárcel por homicidio imprudente grave.

Precisamente, la abogada de la acusación particular ha cuestionado que el acusado acudiera a "una actuación de emergencia" y, en caso de que así fuera, ha remarcado que "las normas de circulación se tienen que cumplir".

Además, sobre la velocidad del motorista ha dicho que "la conclusión de un accidente que comienza con saltarse un semáforo en rojo no puede ser que la culpa sea de la moto, porque la moto iba a 60 km/h" porque "como no hubiera pasado nada es si se hubiera respetado el semáforo" o si el coche patrulla "hubiera ido con la luz prioritaria".

 

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