Sociedad -

AUDIENCIA DE ÁLAVA

Condenados a 10 años de prisión por quemar la cara a dos "sintecho" en Vitoria-Gasteiz

Los heridos tuvieron que ser hospitalizados con quemaduras de segundo y tercer grado en cara y cuello, y sufrieron afección en las vías altas del aparato respiratorio.

El Palacio de justicia de Vitoria-Gasteiz. Foto: EITB Media
El Palacio de justicia de Vitoria-Gasteiz.
El Palacio de justicia de Vitoria-Gasteiz. Foto: EITB Media

AGENCIAS | EITB MEDIA

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

Euskaraz irakurri: 10 urteko kartzela-zigorra Gasteizen bi etxegaberi aurpegia erretzeagatik

La Audiencia de Álava ha condenado a 10 años de prisión a dos varones acusados de quemar la cara con un aerosol y un mechero a dos hombres que vivían en la calle en Vitoria-Gasteiz, al considerar que son autores de dos delitos de homicidio intentando con la atenuante de drogadicción y la agravante de abuso de superioridad.

En una sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia de Álava estima probado que sobre las 14:30 horas del 16 de octubre de 2019, los dos condenados, puestos previamente de acuerdo, se aproximaron en una plaza de Vitoria-Gasteiz a una de las víctimas.

Con intención de menoscabar su integridad física y "asumiendo que podían acabar con su vida", lanzaron contra su cara un espray de pintura azul al mismo tiempo que acercaban un mechero encendido, lo que produjo "una llamarada en la cara y la cabeza" de esa persona. A continuación, la sentencia relata que hicieron lo mismo con otra persona a la que encontraron en las cercanías.

Los heridos tuvieron que ser hospitalizados con quemaduras de segundo y tercer grado en cara y cuello, y sufrieron afección en las vías altas del aparato respiratorio que les produjo un "edema importante de glotis, que sin el tratamiento adecuado hubiera podido ocasionar la muerte".

El tribunal considera en la sentencia que en el juicio por estos hechos se desplegó una "sólida" prueba de cargo para condenar a los dos acusados como autores de ambas agresiones.

En cuanto al consumo de alcohol y drogas, también precisa que ha quedado probado que el día de los hechos "no estaban especialmente afectados" y que por lo tanto "eran conscientes de lo que estaban haciendo" y estima la atenuante simple de drogadicción.

Por otro lado, considera probada la agravante de abuso de superioridad que reclamó la Fiscalía.

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Noticias sobre Álava Delitos Juicios Sociedad Titulares del día Noticias de Gasteiz Noticias