Sociedad -

Sentencia

La Audiencia de Oviedo condena a 20 y 22 años a los acusados de matar a Javier Ardines

El inductor, el zornotzarra Pedro N., y los dos autores materiales del crimen han sido condenados a 22 años de prisión. A Jesús M. se le ha impuesto una pena de 20 años. Los cuatro deberán indemnizar a la familia de la víctima con 400 000 euros.

Los condenados, junto a la pared, durante el juicio. Foto: EFE
Los condenados, junto a la pared, durante el juicio.
Los condenados, junto a la pared, durante el juicio. Foto: EFE

Agencias | EITB Media

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

Euskaraz irakurri: Oviedoko Auzitegiak 20-22 urteko kartzela zigorrak ezarri dizkie Javier Ardinesen hiltzaileei

La Audiencia de Oviedo ha condenado a penas que van de los 20 a los 22 años de prisión a los cuatro acusados de matar al concejal de IU de Llanes (Asturias) Javier Ardines, que fue asesinado en un camino vecinal a escasos metros de su casa el 16 de agosto de 2018.

El inductor del crimen, el zornotzarra Pedro N., que habría planificado el crimen tras conocer que su mujer y el concejal mantenían una relación, ha sido condenado a 22 años de prisión, al igual que los dos ciudadanos acusados de ejecutar el crimen a cambio de dinero, Djilali B. y Maamar K., mientras que a Jesús M. se la ha impuesto una pena de 20 años como intermediario.

Los cuatro acusados, que fueron declarados culpables por unanimidad por un jurado popular tras un juicio que se prolongó durante 18 sesiones, deberán indemnizar además a la viuda y los dos hijos de Ardines con 400 000 euros de forma conjunta y solidaria (200 000 euros a la viuda de Ardines y 100 000 a cada uno de sus dos hijos).

En el caso de Pedro N., el juez lo condena por ser el inductor de un delito de asesinato. Además de los 22 años de prisión, le impone la medida de libertad vigilada consistente en prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de la viuda y los hijos del fallecido y de comunicarse con ellosdurante un plazo máximo de cinco años.

En el caso de Jesús M., lo condena por ser el cooperador necesario de un delito de asesinato. Al igual que con Pedro N, Jesús M. no podrá acercarse a menos de 100 metros de la viuda y los hijos del edil y de comunicarse con ellos durante un plazo máximo de cinco años.

Djilali B y Maamar K. son condenados como coautores de un delito de asesinato, y también tendrán prohibición de aproximarse o de comunicarse con la familia de la víctima durante un plazo máximo de cinco años.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que podrá ser interpuesto dentro del plazo de 10 días.

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Delitos Hoy Juicios mediáticos Noticias de Sociedad Títulares de Hoy Últimas noticias Euskadi Última hora de Asturias