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La Justicia navarra autoriza prorrogar una semana más el toque de queda

El TSJN ha autorizado la prórroga hasta el 2 de septiembre del toque de queda entre las 01:00 y las 06:00 horas para los municipios con alta incidencia, durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales.

Calles vacías en Pamplona, de noche. Foto: Jesus Angel Arana
Calles vacías en Pamplona, de noche.
Calles vacías en Pamplona, de noche. Foto: Jesus Angel Arana

o.p. | eitb media

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Euskaraz irakurri: Nafarroako Justiziak baimena eman du etxeratze-agindua astebetez luzatzeko

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado la solicitud del Gobierno Foral y ha autorizado una semana más (hasta el 2 de septiembre) la prórroga del toque de queda selectivo para los fines de semana y durante las fiestas locales suspendidas, al considerar que es una medida "idónea", "necesaria" y "proporcionada".

En concreto ha autorizado la prórroga hasta el 2 de septiembre del toque de queda entre las  y las 6 horas para los municipios en situación de riesgo extremo por la covid-19 durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales. 

La medida afectará a 54 localidades con incidencia alta, diez de las cuales hubieran celebrado en ese periodo sus fiestas patronales.

En el auto, la sala sostiene que la restricción de la movilidad nocturna en los términos acordados es una medida "idónea", "necesaria" y "proporcionada" para reducir la cadena de contagios.

No obstante, advierte de que, a la vista de la evolución y mejora de los datos no solo epidemiológicos, sino también de vacunación, va a ser preciso "una alegación y justificación pormenorizada y específica ad hoc más intensa por parte de la Administración de las medidas limitativas de derechos fundamentales propuestas".

Al respecto, añade, que esa justificación deberá incluir "no solo a los datos puramente empíricos epidemiológicos, sanitarios y estadísticos sino, sobre todo y también, jurídicos, estableciendo razonables y específicas argumentaciones sobre las distintas alternativas menos lesivas a los derechos fundamentales para cada medida concreta y en relación concreta al grupo poblacional afectante".

En este sentido, el Tribunal concluye que, si bien en este momento, a la vista de lo razonado, procede prorrogar la medida, "conforme el tiempo vaya pasando y mejorando los parámetros objeto de ponderación se debe reforzar la justificación sanitaria y jurídica que permitan a esta Sala apreciar justificada la restricción de derechos fundamentales en relación a la concreta medida solicitada".

El Ministerio Fiscal no se ha opuesto a la autorización de la prórroga que considera "continúa siendo necesaria" por los datos de contagios existentes, con el fin de proteger la salud de las personas, vacunadas y no vacunadas. 

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