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Coronavirus
La 'ley de nueva normalidad' amplía desde hoy la obligatoriedad de la mascarilla
La norma establece la obligatoriedad de llevar la mascarilla al aire libre o en la playa con una distancia de seguridad de metro y medio, sin excepciones, aunque las comunidades podrán modificarla.
agencias | eitb media
Euskaraz irakurri: 'Normaltasun berriaren legea'k musukoaren derrigorrezko erabilera zabaldu du
Hoy ha entrado en vigor la llamada 'ley de nueva normalidad', que amplía la obligatoriedad del uso de la mascarilla incluso si se guarda la distancia de seguridad de 1,5 metros.
La norma establece la obligatoriedad de llevar la mascarilla al aire libre o en la playa con una distancia de seguridad de metro y medio, sin excepciones. Sin embargo, como hasta ahora, cada comunidad autónoma podrá modificar sus normas en función de la situación epidemiológica.
El pasado verano el Gobierno Vasco ya puso en vigor la norma que obligaba a llevar mascarilla también en la playa, menos cuando se estaba sentado o tumbado, o en el agua.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes el Proyecto de Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, conocida como ley de 'nueva normalidad', que fue aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados español.
Entre las medidas contempladas en el texto, que ha entrado hoy en vigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, incluso aunque se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.
En cualquier caso, la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
"Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias", señala el documento.
En relación a los fabricantes y los titulares de autorizaciones de comercialización de aquellos medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, el documento recoge que deberán comunicar a la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) el 'stock' disponible, la cantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberación y recepción de lotes de los mismos, incluyendo las fechas y cantidades estimadas.