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Urnieta

Homicidio con agravante de género, veredicto del jurado en el caso "Asier Niebla"

Sin embargo, ha rechazado la agravante de ensañamiento y todas las atenuantes demandadas por la defensa.

Juicio por el homicidio de Asier Niebla. Foto: Efe
Juicio por el homicidio de Asier Niebla. Foto: Efe
Juicio por el homicidio de Asier Niebla. Foto: Efe

agencias | redacción

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Euskaraz irakurri: Homizidioa genero larrigarriarekin izan da Nieblaren auziko epaimahaiaren erabakia

El tribunal del jurado encargado de enjuiciar el caso de la muerte de Asier Niebla ha determinado este viernes que el acusado es culpable de un homicidio con dolo eventual y con la agravante de haber cometido los hechos por "motivo de género".

El joven de Urnieta (Gipuzkoa) Asier Niebla, de 28 años, falleció el 11 de octubre de 2018, tras permanecer dos meses en estado de coma en el Hospital Donostia, donde había sido ingresado el 12 de agosto de 2018 con un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza.

El incidente se produjo sobre las 5.00 horas de aquel día, la primera jornada de las fiestas de la Semana Grande donostiarra, cuando Niebla se encontraba charlando con una chica en el exterior de un bar de la Calle Perujuantxo de la Parte Vieja y fue golpeado por el exnovio de la joven, tras lo que cayó al suelo.

Después de seis sesiones de juicio, repartidas en dos semanas distintas en la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa, el pasado jueves los miembros del jurado iniciaron sus deliberaciones para pronunciarse sobre si, como defendía la Fiscalía, los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio con dolo eventual; si, como mantenían la familia del fallecido y el Ayuntamiento de Urnieta, se trataban de un asesinato; o si, como decía la defensa, eran constitutivos de un delito de lesiones.

Asimismo, el jurado tuvo que deliberar sobre la posibilidad de que en el caso concurrieran las agravantes de "ensañamiento" y "razón de género" propuestas por las acusaciones particular y popular, y las atenuantes de intoxicación por alcohol y drogas; de haber actuado en un "arrebato pasional"; de haberse entregado voluntariamente a la policía; de haber reparado el daño causado, y de dilaciones indebidas solicitadas por la defensa.

En función de todos estos factores, las peticiones de condena variaban desde una pena menor propuesta por la defensa, hasta los doce años de cárcel demandados por la Fiscalía y los veinte reclamados por la familia Niebla y el consistorio Urnietarra.

Tras intensas horas de deliberaciones, finalmente a primeras horas de esta noche, el jurado se ha decantado por la opción del homicidio con dolo eventual, propuesta por la Fiscalía, ya que a su entender, el agresor era consciente de que con la acción de golpearle "creaba un riesgo" para la vida de Niebla.

Asimismo, ha admitido la "agravante de género" que pedían las otras dos acusaciones, si bien ha rechazado la agravante de ensañamiento y todas las atenuantes demandadas por la defensa.

Tras la lectura del veredicto y la disolución del jurado, la magistrada presidenta ha convocado una vistilla en la que las distintas partes tendrán que acomodar ahora su petición de condena al fallo.

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