Sociedad -
Real decreto
Las carreteras secundarias tendrán una velocidad máxima de 90 km/h
Los camiones, furgonetas, autobuses (si no cuentan con cinturones de seguridad para sus pasajeros) y resto de vehículos, podrán circular a un máximo de 80 km/h en este tipo de vías.
AGENCIAS | REDACCIÓN
Euskaraz irakurri: Orduko 90 kilometrora jaitsiko dute abiadura muga bigarren mailako errepideetan
El Gobierno de España llevará al Consejo de Ministros de este viernes 28 de diciembre la bajada del límite de velocidad a 90 kilómetros por hora en carreteras convencionales, según han confirmado fuentes del Ministerio del Interior.
En concreto, desaparecería la actual diferenciación de limitaciones genéricas entre 90 km/h y 100 km/h existente para los turismos y las motocicletas en vías convencionales de un solo carril, estableciendo una limitación general de 90 km/h para estos vehículos, al ser estos "donde se han centrado la accidentalidad en los últimos años".
En cambio, camiones, furgonetas, autobuses (si no cuentan con cinturones de seguridad para sus pasajeros) y resto de vehículos, podrán circular a un máximo de 80 km/h en este tipo de vías.
De aprobarse esta medida, podría entrar en vigor a finales de enero. Primero tendría que aparecer en el BOE (previsiblemente en la primera semana de enero) y, a partir de esa fecha, la DGT tendría un plazo de 30 días para cambiar las señales de tráfico. Una vez cambiadas, empezaría a aplicarse la nueva normativa.
La medida, que afectará a unos 10.000 kilómetros de los 165.000 de la red estatal de carreteras, contempla una excepción: en aquellas vías con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos y motos.
La bajada de velocidad es una de las medidas 'estrella' del director general de Tráfico, Pere Navarro, y del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Durante los seis meses del Ejecutivo socialista, ambos se han mostrado a favor de rebajar la velocidad.
De hecho, el Ministerio del Interior tenía previsto que esta medida entrara en vigor el 2 de enero de 2019, según consta en el borrador del real decreto que modifica este punto del Reglamento General de Circulación.
Es en este tipo de vías donde tienen lugar en torno al 75% de los accidentes con víctimas. Además, la velocidad inadecuada es la causa concurrente en el 20 % de los casos.