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Dirección General de Tráfico

Tráfico quiere prohibir que los patinetes vayan por la acera y a más de 25 km/h

La idea de Tráfico es que los usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, pero sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.

Un hombre con un patinete eléctrico en Vitoria. Foto sacada de un vídeo de ETB
Tráfico quiere prohibir que los patinetes vayan por la acera
La DGT prohibirá a los patinetes eléctricos circular por la acera

1:40

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Patineteek ezingo dute espaloitik joan eta 25 km/h-ko abiadura gainditu

La Dirección General de Tráfico trabaja en un real decreto para impedir que los patinetes eléctricos circulen por la acera y para establecer una velocidad máxima para ellos de 25 kilómetros por hora.

Fuentes de Tráfico han informado de los trabajos para aprobar una normativa básica estatal, que posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos.

La idea de Tráfico es que los usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, al ser catalogados como vehículo de movilidad personal con propulsión eléctrica, pero sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.

Precisamente ayer se tuvo constancia de la primera muerte por atropello de un patinete eléctrico, una anciana de 92 años embestida en agosto mientras caminaba por la acera de una calle de Esplugues de LLobregat (Barcelona) por uno de estos vehículos en el que viajaban dos jóvenes.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, avanzó hace más de un mes que su departamento regularía estos patinetes después de que todos los ayuntamientos le pidieran que diera "cobertura jurídica" a estos vehículos ante su notable proliferación en las ciudades.

Navarro apuntó entonces que se darían unas normas "muy básicas" para que estos patinetes tuvieran cierta personalidad jurídica.

La DGT ya emitió una instrucción sobre "vehículos de movilidad personal" (VMP) en 2016 en la que destacaba que no podían ser asimilados a los peatones ni ser considerados vehículos a motor.

Partiendo de esa base, se señalaba que los VMP pueden ubicarse físicamente "en la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local", pero dejaba en manos de los ayuntamientos autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones que consideraran necesarias.

 

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