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TAUROMAQUIA
La Junta de C. León deniega a Tordesillas celebrar el Toro de la Vega
La resolución denegatoria no excluye la posibilidad de que el Ayuntamiento de Tordesillas presente una nueva solicitud.
Agencias | redacción
Euskaraz irakurri: Vegako zezena ospatzeko baimena ukatu du Gaztela eta Leongo Juntak
La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid ha denegado al Ayuntamiento de Tordesillas la autorización para celebrar el próximo 13 de septiembre el torno del Toro de la Vega cumpliendo así el decreto ley que impide la muerte del astado.
El pasado 20 de junio, el Ayuntamiento de Tordesillas (Valladolid), con la firma de su alcalde, José Antonio González Poncela (PSOE), registró ante la Junta de Castilla y León la solicitud para celebrar, el próximo mes de septiembre, una nueva edición del tradicional torneo del Toro de la Vega.
La Junta deniega la autorización en una resolución al entender que el Ayuntamiento de Tordesillas no ha adaptado las bases reguladores del festejo al decreto y, por tanto, las bases reguladoras del Torneo están derogadas.
La petición del alcalde de Tordesillas apelaba a las bases reguladoras del torneo aprobadas por este municipio en 1999, que después respaldó la administración autonómica con la aprobación del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León.
Prestaba así cobertura legal al torneo del Toro de la Vega en el modo y manera tradicional, es decir con la posibilidad de la muerte en público del astado, pero las bases reguladores de este festejo "están derogadas en lo que se oponen al decreto-ley", precisa ahora la resolución.
También ha quedado "suspendida la eficacia" de la orden que aprobó el reglamento y protegió el Toro de la Vega al considerarlo un festejo tradicional, "en tanto no se adapte" al decreto-ley.
La resolución denegatoria no excluye la posibilidad de que el Ayuntamiento de Tordesillas presente una nueva solicitud siempre que las bases reguladoras del torneo se adapten a la normativa vigente, previa modificación aprobada en pleno y sometida a un periodo de información pública de quince días.
En este caso, la siguiente petición deberá ser cursada ante la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, que resolvería en el plazo de un mes.
Contra la resolución cabe también presentar un recurso de alzada ante la Dirección General de la Agencia de Protección Civil en el plazo de un mes contado a partir del siguiente día a la notificación de la denegación.