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TSJN

Confirman la condena de 12 años y medio para el asesino de Laffage

Esta decisión desestima los 6 recursos que habían presentado la defensa y las acusaciones contra el fallo que condenó a Yllanes por un delito de homicidio por el crimen de Nagore Laffage.

Redacción

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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de doce años y medio de prisión para José Diego Yllanes por un delito de homicidio por el crimen de Nagore Laffage durante los Sanfermines de 2008.

Esta decisión supone la desestimación de los seis recursos que habían presentado la defensa y las acusaciones particular y populares contra el fallo que condenó a Yllanes a doce años y medio por el homicidio de la joven en la madrugada del 7 de julio de 2008.

La sentencia inicial, dictada el pasado mes de noviembre por un magistrado en base al veredicto de un jurado popular, consideró a Yllanes culpable de homicidio y no de asesinato como pretendían todas las partes excepto la defensa.

Esta sentencia había sido recurrida por todas las partes (defensa, acusación particular en nombre de la familia Laffage y las acusaciones populares ejercidas por los ayuntamientos de Pamplona e Irún, las Juntas Generales de Guipúzcoa y el Gobierno de Navarra), excepto por el fiscal.

Los magistrados Juan Manuel Fernández, presidente del TSJN, y Alfonso Otero, ponente de la resolución, explican que no pueden modificar los hechos declarados probados por el jurado y, por tanto, calificar los hechos como un asesinato como pedían las acusaciones, al entender que, según la ley, el tribunal popular es soberano para fijar la narración fáctica.

La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, cuenta con un voto particular discrepante, redactado por el magistrado José Antonio Álvarez, quien estima que la pena de 12 años y 6 meses de prisión está correctamente fijada, pero entiende que el jurado debió estimar la circunstancia de la alevosía y, por tanto, calificar loshechos como un asesinato.

Sentencia inicial

En la sentencia inicial se dictaminó probado que el 7 de julio de 2008 Yllanes y Laffage coincidieron de forma casual y acudieron a casa del joven, donde iniciaron un contacto físico "apasionado".

La brusquedad del joven, agregó el fallo, fue interpretada "erróneamente" por Laffage como un intento de agresión sexual y le amenazó con "destruir su carrera y denunciarle", a lo que Yllanes reaccionó golpeando y estrangulando a Nagore, a la que "con el fin de poder hacerla desaparecer más fácilmente, intentó descuartizar llegando a seccionar su dedo índice".

Posteriormente, Yllanes envolvió el cadáver, limpió el piso, requirió la ayuda de un compañero de trabajo y, ante su negativa y tras rechazar acudir a la policía, trasladó el cadáver hasta Sorogáin junto a varios efectos personales de la víctima, que dejó en un paraje, cerca del cual fue finalmente encontrado el propio acusado.

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