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Sentencia

Condenado a 18 años de cárcel el hombre acusado de enviar cartas con explosivos a Sánchez y a embajadas

El funcionario del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz jubilado ha sido condenado a 10 años por un delito de terrorismo y 8 por fabricación, tenencia y colocación de explosivos.

González, durante el juicio en su contra. Foto de archivo: EFE
González, durante el juicio en su contra.
González, durante el juicio en su contra. Foto de archivo: EFE

EITB Media

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Euskaraz irakurri: 18 urteko espetxea ezarri diote Moncloara eta hainbat enbaxadetara bonba-gutunak bidali zituen gizonari

La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de cárcel a Pompeyo González, burgalés de 76 años que funcionario del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, acusado de enviar seis sobres con artefactos explosivos, en noviembre de 2022, al presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles, a los directores del Centro de Satélites de la UE en Torrejón de Ardoz y de la empresa de armamento Instalaza en Zaragoza, así como a los embajadores de Estados Unidos y Ucrania en España, artefactos que fueron desactivados salvo este último, que hirió a un empleado de seguridad.

En su sentencia los magistrados condenan a 10 años de prisión a Pompeyo González por un delito de terrorismo y a 8 años por delito de fabricación, tenencia, colocación y empleo de aparatos explosivos, inflamables o incendiarios con finalidad terrorista.

Los jueces consideran que el acusado actuó con "el propósito de causar una gran conmoción en la sociedad española que ejerciese presión para que los gobiernos de España y de los Estados Unidos de América y otras entidades radicadas en territorio español dejasen de prestar apoyo a Ucrania en la guerra sostenida por este Estado contra Rusia".

En sus hechos probados, la resolución relata que el acusado, de 76 años, en su domicilio de Miranda de Ebro (Burgos), confeccionó los seis artefactos explosivos introduciéndolos en cajas de madera cuya apertura provocaba la detonación. Una vez montados, los remitió por vía postal. La cantidad de explosivo era "suficiente", dice la Sala, para "producir lesiones de diferente consideración en función de la cercanía y los posibles órganos afectados", tanto por la explosión, como por los impactos de la proyección de la metralla incorporada, los fragmentos resultantes de la rotura del contenedor metálico y las tuercas y tornillos empleados para el montaje.

Para los magistrados, son "múltiples" las pruebas que sustentan la autoría del acusado, a pesar de que negó su relación con los hechos, haciendo alusión a su "curiosidad por adquirir los más variados conocimientos" y a sus "habilidades manuales", como explicación para su actividad en Internet y las compras de materiales y herramientas para los artefactos. Estas explicaciones, "escasamente consistentes, quedan desvirtuadas por el acervo probatorio", apunta la Audiencia.

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