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Ley de Amnistía

El Supremo lleva al Constitucional la amnistía al considerar que puede ser "discriminatoria"

Se trata de la segunda vez que el alto tribunal arranca los trámites para preguntar al TC por la amnistía. Pero a diferencia de la anterior ocasión, el Supremo argumenta ahora los motivos por lo que ve viable acudir al Constitucional con duras críticas a la ley que puede ser "arbitraria".

Tribunal Supremo. Imagen: EITB
Tribunal Supremo. Imagen: EITB
Tribunal Supremo. Imagen: EITB

Agencias | EITB Media

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Euskaraz irakurri: Gorenak Konstituzionalera eraman du amnistia, "diskriminatzailea" izan daitekeela iritzita

El Tribunal Supremo ha dado el primer paso para plantear una cuestión de inconstitucionalidad por los delitos de desórdenes públicos y atentado contra la autoridad incluidos en la ley de amnistía, al considerar que puede ser "discriminatoria" por "vulnerar el derecho a la igualdad ante la Ley".

Se trata de la segunda vez que el alto tribunal arranca los trámites para preguntar al Tribunal Constitucional por la amnistía, toda vez que ya preguntó a las partes personadas en el procedimiento por la sentencia del procés en relación al delito de desobediencia.

Pero a diferencia de la anterior ocasión, el Supremo argumenta ahora los motivos por lo que ve viable acudir al Constitucional con duras críticas a la ley que puede ser "arbitraria" y arrojar un "tratamiento discriminatorio" según la ideología de los condenados, en este caso, manifestantes por disturbios en protestas.

Lo ha hecho al estudiar la aplicación de la ley de amnistía en dos recursos que tiene pendientes contra decisiones de tribunales catalanes. En una de las causas, fueron condenados dos ciudadanos por desórdenes públicos ocurridos en Girona tras la sentencia del procés.

Mientras que en la otra fue condenada una persona por las protestas contra la misma sentencia, pero en Barcelona, inicialmente por delito de atentado y, tras recurrir, por desórdenes públicos.

Para el tribunal, también se ha podido conculcar el principio de seguridad jurídica, porque "cualquier futura amnistía de nuevos delitos cometidos bajo el impulso de esta misma ideología o de cualquier otra, con tal de que sus promotores o partidarios alcanzasen mayorías parlamentarias bastantes para la aprobación de una Ley Orgánica (...) habría de entenderse también conforme a la Constitución".

Además, considera que puede verse erosionado el principio de exclusividad jurisdiccional proclamado frente a los restantes poderes del Estado al no contar la amnistía, a diferencia del indulto, con apoyo constitucional que habilite para tal injerencia.

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