Política -
Ley de amnistía
Otro informe de los letrados del Congreso plantea dudas sobre la constitucionalidad de la Ley de Amnistía
Los letrados critican la "indeterminación" de los delitos que serán perdonados, así como sus plazos, y señalan que la ley debería ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional.
Agencias | EITB Media
Euskaraz irakurri: Kongresuko letraduen beste txosten batek Amnistia Legea Konstituzioaren kontrakoa izan daitekeela iradoki du
Los letrados del Congreso consideran, en un segundo informe conocido hoy, que la proposición de ley de amnistía que el PSOE registró en el Congreso y que la Cámara tramita podría ser inconstitucional, y señalan que debería ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional.
La proposición ya fue objeto de una primera evaluación por parte del equipo del secretario general del Congreso y letrado mayor de las Cortes, Fernando Galindo. En aquel primer estudio, se observaron dudas de constitucionalidad en la iniciativa pactada con los independentistas, pero no tan "palmarias" como para vetar su tramitación.
Ahora son los letrados de la Comisión de Justicia, que fueron secretarios generales de la Cámara con presidentes del PP, los que inciden en esas dudas, "aun excluyendo que su eventual inconstitucionalidad sea palmaria y evidente" y subrayando "la consideración fundamental de que ha de ser en su caso el Tribunal Constitucional el que se pronuncie sobre la ley aprobada por las Cortes Generales".
En uno de los párrafos, los letrados señalan que "se aprecia falta de determinación en el ámbito de aplicación de la ley, tanto en cuanto a los delitos amnistiados como al plazo en que se cometieron.
Así, subrayan que esa indeterminación podría lesionar el principio de seguridad jurídica, y recuerda que la determinación de supuestos y destinatarios ha de ser especialmente precisa en las leyes singulares.
También llaman la atención en el artículo referido a los numerosos actos y acciones enumerados que pueden ser amnistiados y sobre todo avisan sobre los actos que hubieran consistido en la aprobación de leyes, "cuya competencia no corresponde a autoridades o funcionarios públicos sino a órganos parlamentarios".