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La Audiencia Nacional desestima la petición de la Generalitat de personarse en el "caso Pegasus"

El auto destaca que no existe habilitación legislativa específica para que la personas jurídicas públicas, como es el caso de la Generalitat, puedan ejercer la acción popular.

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, en una imagen de archivo
El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, en una imagen de archivo
El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, en una imagen de archivo

EITB MEDIA

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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha desestimado la petición de personación de la Generalitat de Cataluña como acusación popular en el caso Pegasus por no existir habilitación legislativa específica para que la personas jurídicas públicas, como es el caso de la Generalitat, puedan ejercer la acción popular.

El auto del juez alega que "el sistema general de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no permite inferir que las entidades públicas puedan ejercer como acusación popular".

De la misma manera, el magistrado Calama descarta que esta legitimación se pueda sustentar en la normativa autonómica que invoca la Generalitat en su petición y que, por lo tanto, la acción pública para su ejercicio en el procedimiento penal corresponde en exclusiva al Ministerio Público.

Contra esta resolución la Generalitat puede interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días y en apelación delante de la Sala de lo Penal en cinco días.

El pasado 3 de mayo la Generalitat anunció que se personaría como acusación popular en todos los procedimientos judiciales del espionaje de Pegasus. Así lo aprobó el Govern durante el Consejo Ejecutivo. Ahora la Audiencia Nacional ha rechazado por "falta de legitimación".

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