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VIVIENDA
El Gobierno Vasco aprueba un decreto que busca movilizar las viviendas vacías
La nueva normativa establece un canón anual a los pisos vacíos, además de la posibilidad de instar el alquiler forzoso e incluso la expropiación forzosa para los casos más extremos.
O. A. | EITB MEDIA
El Gobierno Vasco ha aprobado este martes un nuevo decreto sobre la vivienda deshabitada, que incluye, entre otras cosas, un canon anual para residencias desocupadas, la posibilidad de instar el alquiler forzoso e incluso la expropiación forzosa para los casos más extremos. El Gobierno Vasco calcula que hay más de 15 000 pisos vacíos en el conjunto de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
El objetivo del nuevo decreto, según el Ejecutivo Vasco, es movilizar el parque de viviendas vacías.
La nueva normativa otorga a los ayuntamientos la posibilidad de imponer un canon de 10 euros por cada metro cuadrado a las viviendas que ya hayan sido declaradas deshabitadas y que lleven más de dos años vacías. Esa cifra se incrementará un 10 % por cada año de desocupación, con un máximo de tres veces el importe inicial. Corresponderá a los ayuntamientos recaudarlo y mantenerlo en el tiempo hasta que se revoque la resolución de vivienda deshabitada. El dinero recaudado será destinado a las políticas de vivienda de cada municipio.
Alquiler forzoso o la expropiación forzosa
El decreto establece, asímismo, la posibilidad de instar el alquiler forzoso a una vivienda deshabitada, para aquellas que estén ubicadas en zonas tensionadas. Para ello es necesario que exista una declaración anterior de esa zona o municipio como área de acreditada demanda y necesidad de vivienda.
Para iniciar la tramitación de esta figura deben cumplirse dos requisitos, que haya al menos 100 demandantes de vivienda en alquiler inscritos en Etxebide cuyas peticiones no hayan podido ser atendidas en los dos años anteriores a través del parque público y que los precios medios de alquiler en la zona sea al menos un 10 % superiores a la renta media de la localidad. Estas áreas serán declaradas mediante una orden del consejero de Vivienda a petición de los propios ayuntamientos o de oficio.
El decreto también prevé para los casos más extremos la expropiación forzosa, que se aplicará a viviendas deshabitadas por más de un año en zonas de acreditada demanda cuando la expropiación resulte adecuada para garantizar su uso o en casos en los que esa residencia esté en riesgo de ruina o incumpla las normativas de conservación y genere inseguridad. En estos casos, se priorizará su rehabilitación y puesta a disposición de asociaciones sin ánimo de lucro.
Quedan exentas de estas medidas las viviendas de segunda residencia, los casos de traslado temporal de domicilio por trabajo, salud, dependencia o emergencia social y los hogares ofertados en venta o alquiler a precios de mercado durante un mínimo de tres meses.
Registro de Viviendas Deshabitadas
El Registro de Viviendas Deshabitadas se ubicará en el Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco y servirá para hacer seguimiento de las viviendas declaradas deshabitadas. Será electrónico e incorporará las declaraciones realizadas tanto por el Departamento como por los ayuntamientos.
Si la vivienda deja de estar vacía, las personas propietarias deberán informar de ello a la administración para que revoque la declaración. Por otra parte, en el momento en que la persona propietaria ponga a disposición de la administración su vivienda para alquiler público, se archivará el procedimiento.
Ayudas para movilizar viviendas vacías
Las personas propietarias de viviendas deshabitadas podrán acceder a las ayudas a la rehabilitación del Departamento de Vivienda y las obras para acondicionar aquellas que vayan a ser destinadas al alquiler protegido tendrán prioridad y ayudas adicionales. Y es que quienes posean domicilios vacíos tendrán la posibilidad de ceder temporalmente estas residencias al Gobierno Vasco a través del programa Bizigune.