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Juicio en la AN

'Txapote', condenado a 105 años por el asesinato de Buesa y su escolta

La Audiencia Nacional ha condenado al exjefe militar de ETA Francisco Garcia Gaztelu por los delitos de asesinato terrorista, otros de lesiones, uno de estragos y otro de falsificación de documento.

Txapote, condenado a 105 años de cárcel. Foto: EITB
Txapote, condenado a 105 años de cárcel.
Txapote, condenado a 105 años de cárcel. Foto: EITB

Redacción

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La Audiencia Nacional ha condenado a 105 de cárcel al exjefe militar de ETA Francisco Javier García Gaztelu, Txapote, por el asesinato del dirigente socialista Fernando Buesa y su escolta en 2000 en Vitoria-Gasteiz, en la primera sentencia dictada por este tribunal tras el anuncio de la banda del cese definitivo de la violencia.

Así lo ha acordado la sección cuarta de la Sala de lo Penal en una resolución notificada hoy en la que condenan a Txapote a dicha pena de cárcel por dos delitos de asesinato terrorista, otros dos de lesiones, uno de estragos y otro de falsificación de documento oficial.

Asimismo, la Sala, integrada por la presidenta Ángela Murillo y los magistrados Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, condenan al exdirigente de ETA a indemnizar a los familiares del que fuera portavoz del PSE en la Cámara vasca con 500.000 euros y con la misma cantidad a los del escolta.

La sentencia considera probado que como responsable de los comandos ilegales de ETA, Txapote mantuvo varias reuniones con los presuntos miembros del "comando Ituren" Asier Carrera, Luis Mariñelarena y Diego Ugarte (ya condenados por estos hechos) y les ordenó obtener "información detallada cerca de la vida y costumbres" de Buesa.

García Gaztelu mandó intensificar los seguimiento y vigilancias de Buesa "terminado el periodo de tregua" decretado por ETA en 1998 y rota en diciembre de 1999 y facilitó al comando la furgoneta, los explosivos y las armas que debían utilizar para cometer el atentado.

El tribunal sostiene que el "Ituren" intentó acabar con la vida de Buesa "en diversas ocasiones", aunque no pudo ejecutar la acción "por diversas circunstancias" hasta que el 22 de febrero de 2000 hizo estallar un coche-bomba por donde pasaba el político habitualmente, lo que causó su muerte, la de su escolta e hirió a otras dos personas.

Para los magistrados, la prueba de cargo que ha servido para condenar a Txapote ha sido obtenida "a través de todo un elenco de datos incriminatorios indiciarios" que ha desvirtuado su presunción de inocencia.

Así, citan las declaraciones inculpatorias prestadas por los ya condenados por estos hechos, tanto en sede policial como judicial, en las que reconocen que García Gaztelu es la "persona que facilitó al comando las armas, los explosivos, las matrículas y las placas falsas".

La sentencia cita también como prueba una "pequeña agenda personal" intervenida a Txapote tras ser detenido en la que constaban las citas que mantenía con los diversos comandos, entre ellas, "con los autores materiales del presente atentado".

"No puede olvidarse un importante detalle facilitado por el citado Asier Carrera", añade el tribunal, que detalla que fue García Gaztelu quien, "en el denominado periodo de tregua acordado por la propia banda, encargó llevar a cabo las informaciones necesarias sobre los futuros objetivos, para que finalizado tal periodo, el comando ejecutara la decisión de antemano adoptada".

Según la sala, aunque la autoría del acusado "no es la directa y material" exigida por cada uno de los delitos por los que ha sido condenado, sí permite, "bajo su cobijo", la autoría de los hechos "con un control efectivo y eficaz de todos y cada uno de los pasos que debía llevar a cabo el comando, inspirando y sosteniendo a los ejecutores materiales".

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