Política -
Elecciones al Parlamento Vasco
El Gobierno Vasco propone facilitar el voto por correo y el de personas confinadas
Presenta tres informes que afirman, entre otras cosas, que el otoño puede no ser una buena época para celebrar elecciones y que convendría fijar también "una segunda fecha subsidiaria".
Agencias | Redacción
Euskaraz irakurri: Hauteskundeei begira posta bidezko botoa bultzatzea proposatu du Eusko Jaurlaritzak
El Gobierno Vasco ha dado a conocer a los partidos tres informes, uno sanitario, otro del Departamento de Seguridad y un tercero jurídico, que avalan la conveniencia de celebrar las elecciones autonómicas en julio y establecen las medidas para poder convocar los comicios con seguridad.
En el informe redactado por el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco se propone auspiciar el voto por correo en unas próximas elecciones autonómicas vascas y facilitar el de las personas que no puedan acudir físicamente a las urnas por la pandemia del coronavirus.
El documento se analizará en la reunión que el Lehendakari mantendrá este jueves por la mañana con los partidos políticos para analizar la fecha de los comicios que se dejaron sin efecto el pasado 5 de abril por la COVID-19.
En el informe, el Departamento de Seguridad plantea auspiciar el voto por correo y los mecanismos que faciliten el voto de personas que no pueden acudir a los centros de votación por razón de la COVID-19.
En el voto presencial en los locales electorales, pide garantizar las medidas de distanciamiento físico y de protección e higiene que marquen las autoridades sanitarias, tanto para el personal electoral como para el electorado.
Asimismo, sugiere una modificación de las campañas que se prepararon para la convocatoria de 5 de abril, e impulsar nuevas campañas para la promoción del voto por correo, y las medidas sanitarias y de seguridad que se consideren necesario socializar.
Adecuar locales
Por otra parte, propone adecuar los locales electorales con un número de mesas superior a diez, incorporando, si fuera necesario, nuevos locales que reúnan requisitos de accesibilidad y estén próximos a los domicilios del electorado de tales mesas.
También considera que hay que reubicar locales electorales que pudieran existir en residencias de personas mayores o establecimientos de cuidado a largo plazo, con el fin de minimizar la exposición entre personas mayores y aquellas con afecciones crónicas.
Asimismo, respecto a la gestión del voto por correo y voto desde el extranjero, propone la ampliación por parte de la Junta Electoral Central, tanto de los plazos para la solicitud como los de emisión del voto por correo.
Voto para confinados
Además, reclama que se habilite por la Junta Electoral Central de un procedimiento para el voto por correo de las personas confinadas, en cuarentena, hospitalizadas, similar al existente en las prisiones, en el que el personal de Correos se desplaza al domicilio, residencia u hospital.
La persona interesada llamaría al INE para expresar su voluntad de votar por correo, éste prepararía la solicitud, junto con toda la documentación para poder votar y el personal de Correos llevaría toda esa documentación al lugar correspondiente.
Entregaría la solicitud a la persona interesada para que la firme identificándose debidamente, recogería la solicitud firmada y entregaría el resto de documentación para poder emitir el voto, y cualquier persona llevará el voto a cualquier oficina de correos.
Mayores de 65 años
En la modalidad de voto por correo por apoderado, podría entenderse innecesario el certificado médico cuando se trate de mayores de 65 años por tratarse de un grupo de riesgo. "Sería conveniente un acuerdo de la Junta Electoral para evitar para habilitar esta posibilidad", afirma Urkullu.
Además, propone una campaña específica de información a la ciudadanía sobre los procedimientos para ejercitar el voto por correo como medida alternativa al voto presencial en tiempos de la COVID-19 para evitar posibles concentraciones de personas en la jornada de votación.
Respecto a las actividades relacionadas con la campaña electoral, propone medidas de distanciamiento físico en los mítines o reuniones mientras así lo recomienden o exijan las autoridades sanitarias.
"El otoño y el invierno, no tan propicios como el verano"
El informe sanitario, elaborado por el viceconsejero de Salud, Iñaki Berraondo, advierte de que la situación de la COVID-19 podría complicarse a partir del próximo mes de septiembre si hubiera una "alta circulación" del virus que coincidiera con la llegada de la gripe estacional.
Se explica que si el desconfinamiento se hace con las "debidas cautelas", los ciudadanos en el mes de julio podrán realizar los movimientos "habituales" en la vida diaria, manteniendo, eso sí, las medidas de higiene y distanciamiento.
Añade que, "presumiblemente", durante el periodo estival los movimientos de los ciudadanos "propios de una jornada electoral serán posibles", aunque se matiza que se deberán establecer medidas específicas tanto en los colegios electorales el día de las votaciones como en la campaña electoral.
Concluye el estudio, que recoge los datos de casos diarios de contagios, pruebas PCR realizadas y camas de Osakidetza, que ante la "imprevisible" evolución de la epidemia, tanto el otoño como el invierno "no son tan propicios como el verano para la celebración de unas elecciones".
Establecer dos fechas para las elecciones
El informe jurídico, firmado por el viceconsejero de Régimen Jurídico, Sabino Torre, insiste en la importancia de fijar las elecciones antes de finalice la actual legislatura y se centra en la posibilidad de que se convoquen los comicios en una fecha determinada y se produzca un rebrote de COVID-19 que vuelva a dificultar la celebración de la cita electoral y que provoque su anulación.
En ese caso, el viceconsejero plantea que "quizás podría tener sentido" que se establezca una primera fecha y una segunda "subsidiaria" de celebración en caso de que la autoridad sanitaria tuviera que proclamar una nueva emergencia sanitaria como consecuencia de un rebrote de coronavirus.
"En tal caso, se mantendrían para la fecha subsidiaria todos los elementos que aseguran el efectivo ejercicio del derecho de sufragio en igualdad de condiciones, manteniéndose el mismo censo electoral", mantiene el informe.