Política -
Tribunal Constitucional
El TC avala la aplicación del 155 en Cataluña, aunque no de manera indefinida
El pleno del tribunal, que ha tomado la decisión por unanimidad, aclara que se trata de una medida que solo puede aplicarse en situaciones excepcionales de extrema urgencia.
agencias | redacción
Euskaraz irakurri: 155a ezarri izana babestu du Konstituzionalak, salbuespen neurria dela zehaztuta
El Tribunal Constitucional ha avalado la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña, impulsado por el Gobierno de Mariano Rajoy y aprobado por el Senado el 27 de octubre de 2017, y que acabó con la disolución del Govern de Carles Puigdemont.
Por unanimidad, el pleno del tribunal de garantías ha desestimado los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Parlament de Cataluña y de 50 diputados de Unidos Podemos contra el acuerdo del pleno del Senado.
Por el momento se desconoce el contenido íntegro de las sentencias, de las que solo se ha publicado el fallo. Sin embargo, la agencia EFE adelanta citando fuentes del tribunal que el TC estima que se trata de una medida que solo puede aplicarse en situaciones excepcionales de extrema urgencia.
Según las mismas fuentes, el TC entiende que esta condición se daba en Cataluña tras la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal, y la posterior proclamación de la declaración unilateral de independencia (DUI).
Era el 27 de octubre de 2017 y el Senado daba luz verde al Gobierno español para asumir las competencias de las instituciones catalanas en pleno proceso independentista en el que, tan solo unas horas antes, el Parlament había aprobado la DUI, en cuyo preámbulo declaró un "Estado independiente en forma de república".
El máximo intérprete de la Constitución anuló esa declaración de independencia y ahora se ha pronunciado por primera vez sobre el 155 en dos sentencias que suponen un espaldarazo a la medida aprobada por mayoría absoluta en la Cámara Alta.
El Constitucional desestima casi íntegramente los recursos que presentaron sucesivamente el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y el Parlament de Cataluña.
Tan solo admite, y con ello anula, un precepto relativo a las publicaciones en los boletines oficiales. En concreto, la parte del acuerdo del Consejo de Ministros que privaba de efectos la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña o en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña de disposiciones normativas o actos sin autorización del Gobierno o en contra de lo dispuesto por éste.
En cuanto al recurso del Parlament, el tribunal de garantías también respalda "todas las disposiciones" que se dictaron "en desarrollo o como complemento o adicción" de las medidas aprobadas por el Senado.
La aplicación del 155 supuso el cese del presidente de la Generalitat de Cataluña y de todo su Gobierno y el control por parte del Ejecutivo español de las competencias de Cataluña hasta las elecciones celebradas el 21 de diciembre.
Aunque las sentencias del TC respaldan la actuación del Ejecutivo de Rajoy, los magistrados recalcan que se trata de un mecanismo excepcional, una apreciación significativa en un momento político en el que el PP y Ciudadanos abogan por su aplicación de manera indefinida.