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El TC anula varios aspectos de la Ley de Policías de Navarra

El Tribunal Constitucional considera que la ley foral "invade competencias que corresponden al Estado".

Imagen de archivo de la Policía Foral. Foto: EiTB
Imagen de archivo de la Policía Foral. Foto: EiTB
Imagen de archivo de la Policía Foral. Foto: EiTB

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Auzitegi Konstituzionalak Nafarroako Polizien Legearen zati bat baliogabetu du

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios aspectos de la Ley de Policías de Navarra, como por ejemplo la competencia en la coordinación de las policías, autónomas o del Estado, que se atribuye, al considerar que invaden ámbitos de decisión que corresponden al Estado.

El Gobierno de Mariano Rajoy interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Foral de Policías de Navarra -en 2015- por considerar que invade las competencias del Estado. El Tribunal le da la razón en buena parte de sus argumentos y anula la norma en aquellos aspectos en los que considera que se produce dicha invasión.

Uno de esos puntos inconstitucionales es el apartado de la norma recurrida que establece que "la Policía Foral centralizará toda la información policial", tanto si proviene de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como de las Policías Locales, y gestionará las solicitudes de apoyo de las Policías Locales de investigación policial.

En este caso, la norma foral vulnera la competencia estatal en materia de seguridad pública porque, afirma la sentencia, "viene a determinar el modo en que se coordinan y colaboran todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad presentes en la Comunidad Foral, incluidos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, con las Policías Locales de Navarra".

Al establecer esta regulación, la ley impugnada "interfiere directamente en las labores de información e investigación policiales que, previa solicitud de la Policía Local, puedan llevar a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

Otros aspectos de la norma, como la supresión de la exigencia de titulación para algunos empleos de policías locales, la limitación de las sanciones a estos agentes locales al régimen previsto por las leyes forales o la restricción de acceso a algunos cuerpos, corren la misma suerte que el precepto antes citado: resultan anulados porque invaden competencias propias del Estado.

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