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CATALUÑA

El TC anula la Declaración Unilateral de Independencia y la ley de Transitoriedad

El pleno del TC ha decidido, además, denunciar por desobediencia a sus sentencias a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa Ana Simó y José María Espejo.

Tribunal Constitucional. EFE.
Tribunal Constitucional. EFE.
Tribunal Constitucional. EFE.

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Kataluniako independentzia aldarrikapena eta trantsizio legea, baliogabetuta

El Tribunal Constitucional ha anulado este martes la Declaración Unilateral de Independencia acordada por el Parlament el pasado 27 de octubre, una resolución que ha tomado al aceptar el incidente de ejecución contra la misma presentado por el Gobierno de España, en virtud del cual ya la había suspendido cautelarmente.Además, el pleno del TC ha instado a la Fiscalía a querellarse por desobediencia contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa Ana Simó y José María Espejo.

El Tribunal Constitucional suspendió el pasado 30 de octubre la DUI al admitir a trámite el incidente de ejecución del Gobierno español. Ahora la ha anulado definitivamente.

Además, en el pleno convocado para esta mañana, el alto tribunal ha anulado también definitivamente la ley de transitoriedad catalana, que también había sido anulada provisionalmente y que pretendía convertir a Cataluña en una república.

El Ejecutivo solicitaba así mismo en su incidente una nueva denuncia del Constitucional, por desobediencia, contra los miembros de la Mesa del Parlament y ante la fiscalía.

Esa es otra de las medidas adoptadas también hoy por el TC. Dicha deducción de testimonio por desobediencia conducirá con toda probabilidad a una nueva querella del fiscal contra Forcadell y otros miembros de la Mesa que hayan desobedecido al TC (lo que excluirá de la querella a José María Espejo, de Ciudadanos).

Además, el Constitucional ha perdonado las multas que impuso a los responsables de la administración electoral del 1 de Octubre, Josep Maria Jové y Montserrat Vidal.

Los magistrados han resuelto sobre el fondo de ambos recursos, que ya habían sido admitidos a trámite, por lo que su vigencia ya se encontraba en suspenso.

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