Política -
Caso CAN
El fiscal se opone a enviar el caso CAN al Supremo al no haber cohecho
Las dos acusaciones populares también han solicitado que todavía no se inhiba a favor del Tribunal Supremo.
Redacción
El fiscal se ha opuesto a que la titular del juzgado de instrucción número 3 de Pamplona, María Paz Benito, remita el caso de las dietas de Caja Navarra (CAN) al Tribunal Supremo al considerar que no existe un delito de cohecho impropio como sostiene la magistrada.
También UPyD y la asociación Kontuz (las dos acusaciones populares en el caso Caja Navarra) han solicitado a la juez que todavía no se inhiba en favor del Tribunal Supremo al entender que las diligencias aún no están agotadas.
La juez, en un auto hecho público el martes, observó indicios de cohecho impropio en el cobro de dietas en Caja Navarra y emplazó a las partes a que informen si debe elevar la causa al Supremo al ser ya "indispensable" que declare como imputada la presidenta del Gobierno Foral, Yolanda Barcina, aforada por su cargo.
Barcina formó parte de la Comisión Permanente de Caja Navarra (en la que se produjo el cobro de dietas dobles y triples en un mismo día), junto al expresidente navarro Miguel Sanz, el exconsejero de Economía Álvaro Miranda y el alcalde de Pamplona, Enrique Maya, que ya han sido imputados por la juez, al igual que el exdirector de la entidad financiera, Enrique Goñi.
"No hay delito de cohecho impropio"
En su escrito, el fiscal señala a la juez que, como ya puso de manifiesto cuando el alcalde de Pamplona pidió el sobreseimiento el pasado mes de mayo, los hechos investigados no son constitutivos de un delito de cohecho impropio.
El criterio de que el cobro de dietas en Caja Navarra no incurrió en el delito de cohecho, explica el fiscal, se ha venido manteniendo desde que quedó establecida documentalmente la participación de los cargos políticos en las llamadas "sesiones de reporte" o Comisión Permanente de la Junta de Entidades Fundadoras (JEF) de CAN.
El fiscal señala asimismo que, si la juez se mantiene en la existencia un delito de cohecho, deberá remitir ya el procedimiento al Supremo sin practicar más diligencias, porque los hechos que han servido para hacer esa calificación "ya están fijados".
Además, el fiscal indica que "es claro" que, si se eleva la causa al Supremo, debe hacerse en su totalidad, respecto de todos los imputados, al tratarse de la misma acción realizada por distintas personas y para evitar que se dicten resoluciones contrarias en distintos tribunales.
Este criterio del fiscal contrasta con el parecer de la propia magistrada, que en su último auto consideró que en el caso existen indicios de cohecho y afirmó que es ya "indispensable" que declare como imputada la presidenta Barcina.
La juez puso de relieve la celebración de reuniones dobles y consecutivas en la Permanente de CAN, por cada una de las cuales se pagaron 2.680 euros brutos para el presidente, y 1.717 para los demás miembros, cantidades que no se identificaban como dietas, no aparecían con esa denominación en las cuentas de la Caja y no se ponían en conocimiento del Banco de España ni de la CNMV por no referirse a órganos de gobierno ni personal directivo de la entidad.
Por ello, la juez concluyó en su auto que se trató de unas reuniones que "son la base, excusa o justificación de devengo de unas dietas", que carecían de soporte normativo, cuya composición era decidida por el presidente del órgano con el beneplácito del director de Caja Navarra y que no eran conocidas ni por los órganos de gobierno de la entidad ni por los demás miembros de la JEF.
UPyD ha pedido a la juez que, si finalmente eleva el asunto al Supremo, en su próximo auto razonado plantee no solo el cohecho impropio sino también el cohecho propio y la prevaricación, mientras que Kontuz cree que la magistrada no debe inhibirse todavía; de hecho, esta asociación le va a presentar nuevas peticiones de investigación.