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España analiza las consecuencias de la decisión de Argelia para ver si puede denunciarle ante la UE

El ministro de Exteriores ha indicado que se están analizando "las implicaciones de esta medida". Argelia no es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por lo que no es posible elevar el caso a este arbitraje.

José Manuel Albares, ministro español de Asuntos Exteriores. Foto de archivo: EFE
José Manuel Albares, ministro español de Asuntos Exteriores. Foto de archivo: EFE
José Manuel Albares, ministro español de Asuntos Exteriores. Foto de archivo: EFE

agencias | eitb media

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Euskaraz irakurri: Aljeriaren erabakiaren ondorioak aztertuko ditu Espainiak, EBren aurrean salatzerik duen ikusteko

El Gobierno español está analizando las implicaciones que tiene la decisión de Argelia de congelar las operaciones de comercio exterior desde y hacia España para ver si puede denunciar al país magrebí ante la UE por incumplir el Acuerdo entre los Veintisiete y Argel.

El ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, ha indicado este jueves que se está "analizando exactamente las implicaciones de esa medida, el alcance práctico, tanto a nivel nacional como europeo", en referencia al Acuerdo entre la UE y Argelia.

Una vez completado este análisis, ha adelantado el ministro, el Gobierno podrá "dar la respuesta adecuada". Una respuesta, ha dicho el ministro de Exteriores, que será "serena y constructiva pero también firme en la defensa de los intereses de España y de las empresas españolas".

En función del resultado, una de las opciones de las que dispondría el Gobierno sería denunciar a Argelia ante la UE por incumplir el acuerdo de asociación que entró en vigor en 2005, si bien las fuentes gubernamentales consultadas por Europa Press inciden en que "no hay que adelantar acontecimientos".

Base para denunciar

La base en la que, a priori, podría ampararse España para denunciar a Argelia estaría en el Capítulo 1 del Título IV relativo a "Pagos corrientes y circulación de capitales". El artículo 38 estipula que "las partes se comprometen a autoridad, en una moneda libremente convertible, todos los pagos corrientes relativos a las transacciones corrientes".

Por otra parte, en caso de diferencias entre las partes respecto a la aplicación e interpretación del acuerdo, la UE y Argelia pueden acudir al Consejo de Asociación previsto en el texto, el cual puede tratar de solucionar el diferendo "por la vía de decisión", que debe ser cumplida por las partes, según se indica en el artículo 100. El Consejo de Asociación está compuesto por representantes del Consejo Europeo y la Comisión Europea, de un lado, y de Argelia, de otro.

En caso de que no se pueda llegar a una decisión, entonces cada una de las partes puede notificar la designación de un árbitro a la otra, que debe a su vez designar al suyo en un plazo de dos meses, mientras que el Consejo de Asociación designa a un tercero. Entre los tres, deberían tomar una decisión por mayoría, que las partes estarían obligadas a cumplir.

La Unión Europea ya recurrió en 2020 al marco que ofrece el Acuerdo de Asociación para tratar de resolver una disputa con Argelia que se remonta a 2015, año desde el que este país impone restricciones a importaciones europeas por valor de 1500 millones de euros.

Tradicionalmente, la Unión Europea acude a la Organización Mundial del Comercio (OMC) cuando se producen fricciones con países terceros, pero en este caso no es un escenario posible porque Argelia no es miembro de este organismo multilateral de arbitraje.

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