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Regulación laboral

Euskadi incluye a los 'riders' en los convenios sectoriales de hostelería

Confebask y la Federación Vasca de Hostelería han aceptado la propuesta del sindicato ELA y se producirá el lunes, 28 de junio, en el Acuerdo Marco de Hostelería.

Un repartidor de Glovo. Foto: EITB Media.
Un repartidor de Glovo. Foto: EITB Media.
Un repartidor de Glovo. Foto: EITB Media.

EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Euskadik ostalaritzako sektore-hitzarmenetan sartuko ditu 'rider'ak

La regulación de los repartidores se incluirá en los convenios sectoriales de hostelería de Euskadi, después de que la propuesta de ELA, que ha sido aceptada por Confebask y la Federación Vasca de Hostelería, se rubrique el próximo 28 de junio.

En un comunicado, la central sindical ha asegurado que ha impulsado la inclusión de los repartidores y las plataformas digitales en el acuerdo marco de hostelería.

A través de la inclusión en ese acuerdo ELA pretende "impulsar que en los convenios de hostelería se regulen las condiciones salariales y el derecho a subrogación y les sean de aplicación el resto de condiciones contempladas en los diferentes convenios de hostelería de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa".

De esta forma, el sindicato ha señalado que "se trata de un primer paso tras la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce que el personal que presta servicios a través de plataformas digitales como Glovo y Deliveroo son personal por cuenta ajena y no autónomos".

Tras la resolución judicial, ELA ya ha anotado el primer convenio para el personal que hace labores de reparto a domicilio en el ámbito de los supermercados. Cuenta con mayoría absoluta "y recoge, entre otras cuestiones, salarios de 1200 euros por 14 pagas, el derecho a la subrogación, cláusulas antirreforma, así como un articulado de derechos laborales y sociales".

El convenio fue publicado el pasado 24 de junio y, tras la firma que se producirá el próximo lunes, 28 de junio en el Acuerdo Marco de Hostelería, la central sindical "impulsará las mesas sectoriales de hostelería a fin de regular en cada uno de los territorios Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, los salarios, funciones, subrogación y la aplicación del resto de contenidos de los diferentes convenios de hostelería".

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