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Reportaje de eitb.com
Consejos para los usuarios de Internet
Las organizaciones de consumidores aconsejan utilizar la red y sus aplicaciones desde el conocimiento, sobre todo en el caso de las redes sociales. Hoy se celebra el Día Internacional del Consumidor.
Amaia Akordagoitia
Las organizaciones de consumidores celebran hoy el Día Mundial del Consumidor. En una sociedad en la que tanto Internet como las nuevas tecnologías han supuesto un gran avance, no hay que olvidar que el consumidor digital es, al fin y al cabo, un consumidor y, por tanto, le corresponden una serie de derechos.
El 30 de mayo de 2009 el Consejo de Ministros aprobó la Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones, que añadía 20 nuevos derechos y situó a España a la vanguardia de los países europeos en este ámbito.
En cualquier caso, las organizaciones de consumidores aconsejan utilizar la red y sus aplicaciones desde el conocimiento y la información, sobre todo en el caso de las redes sociales, para evitar cualquier tipo de problema.
Recomendaciones más habituales
1. Plantearse qué datos personales publicar y cuáles es conveniente que no se conozcan.2. Los menores de edad no deben revelar su domicilio o número de teléfono.3. Utilizar un seudónimo en vez del nombre real.4. Prestar especial cuidado cuando se publica información o imágenes acerca de otra persona.5. Tener un mayor control sobre la utilización que hacen de los datos de los perfiles.
Según el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, "cuando, durante un período de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deberá compensar al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos, el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado. La indemnización se efectuará si no se ha dado el incumplimiento grave por los abonados de las condiciones contractuales".
Legislación
Por otro lado, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), en vigor desde julio de 2002, regula lo relativo a cuanto a comercio y publicidad sueltos en el medio digital.
Así, Internet ofrece a los usuarios la posibilidad de adquirir todo tipo de bienes, pero existen una serie de productos que no pueden ser comercializados de esta manera por razones de seguridad. La venta de fármacos, alimentos y bebidas está prohibida en la red, es ilegal. La Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios prohíbe la venta a domicilio de estos productos. Sólo pueden adquirirse en establecimientos comerciales autorizados para la venta al público.