¿Quién puede cobrar el complemento de paternidad con efecto retroactivo?
La abogada Olga Rodríguez, del estudio Iuris de Bilbao, aclara que pueden hacerlo los que se jubilaron entre 2016 y 2021. La Seguridad Social sólo está aceptando esta prestación a aquellos padres que pueden demostrar que tuvieron que adecuar sus contratos para ayudar en la crianza de los hijos/as.
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