Sociedad -
CONSULTA CIUDADANA
El Supremo rechaza el recurso contra la celebración de una consulta en Basauri
La consulta sobre el Plan de Regeneración Urbanística de Basauri se celebró el 17 de diciembre de 2017 y la Abogacía del Estado recurrió la decisión.
AGENCIAS | REDACCIÓN
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El Tribunal Supremo ha desestimado la admisión a trámite del recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que avaló la legalidad de celebrar una consulta ciudadana en Basauri sin pedir permiso al Gobierno español.
La consulta sobre el Plan de Regeneración Urbanística de Basauri fue suspendida, en primera instancia, por un Juzgado de Bilbao por lo que, mientras se recurría el falló al TSJPV, el Ayuntamiento decidió pedir el permiso para celebrarla al Consejo de Ministros, que lo otorgó, por lo que la votación finalmente se celebró en diciembre de 2017, mientras proseguía la vía judicial.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en segunda instancia, determinó la legalidad de la decisión municipal impulsada al amparo de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, que determina que este tipo de consultas ciudadanas no requieren el permiso del Gobierno de España, fallo que fue recurrido al Supremo por la Abogacía.
Ahora, la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado no admitir a trámite dicho recurso del Estado al considerar que no ha quedado demostrado que se haya producido una infracción sustancial del derecho español, ha informado el Ayuntamiento de Basauri en un comunicado. El consistorio considera que, tras esta decisión del Supremo, la sentencia del TSJPV "es firme, avala la forma de proceder del Ayuntamiento y sienta doctrina".