Economía -
'Caso Ibarra'
La Audiencia Provincial de Bizkaia absuelve a Juan Ramón Ibarra
El exjefe de inspección de la Hacienda de Bizkaia fue acusado de cohecho, desobediencia, falsedad documental y prevaricación. Además, también han sido absueltos otros tres implicados.
Redacción
La Audiencia de Vizcaya ha absuelto de todos los delitos que se les imputaban al que fuera jefe de inspección de la Hacienda Foral vizcaína Juan Ramón Ibarra y a tres de sus subordinados también procesados, quienes estaban acusados de haber dado un supuesto trato de favor a una serie de contribuyentes.
En una sentencia fechada el 12 de abril y hecha pública hoy, el tribunal ha eximido de responsabilidad a Ibarra, para quien la fiscalía reclamaba cinco años de prisión por un delito de falsificación de documento, además de otros tres por un delito decohecho, así como la inhabilitación durante ocho años para cargo público por los delitos de prevaricación y desobediencia, y una multa de unos 800.000 euros.
Asimismo, han quedado también absueltos los tres subordinados de Ibarra, Valvanera Canal, José Luis Silvestre y Joaquín Tebar, quienes, según la fiscalía, habrían actuado como colaboradores necesarios para organizar la trama que permitía que una serie de contribuyentes eludiera las inspecciones fiscales.
El tribunal ha considerado que no ha quedado probado que "la introducción de datos no reales" sobre esos contribuyentes en un programa informático de la Hacienda de Vizcaya "haya generado un trato de favor consistente en la no investigación o comprobación de los contribuyentes afectados".
Además, ha dedicado un apartado de la resolución para desacreditar los informes periciales sobre los que se basaba la acusación y ha criticado que "exceden notablemente" de lo que debería ser un análisis técnico ya que "entran en cuestiones jurídicas que les son ajenas".
La resolución recoge como hechos probados que Ibarra, en su cargo de subdirector de Inspección de Hacienda desde 1989 hasta 2004, ordenó cargar en un programa informático a 209 contribuyentes vizcaínos, de manera que cada vez que funcionarios del área de Gestión o inspectores actuarios pretendían acceder a ellos "se topaban con una traba" que les impedía la entrada.
En la mayoría de los casos "la traba fue levantada" tras consultar a Ibarra y los funcionarios "pudieron actuar", de lo que el tribunal ha concluido que la existencia de ese programa "no perjudicó el trabajo de selección de contribuyentes" para ser inspeccionados.
Ha quedado probado que Ibarra introducía datos no reales de los contribuyentes de su listado, pero la Audiencia vizcaína ha estimado que no se produjo un delito de prevaricación al no haber alterado "verdaderas resoluciones administrativas".
El tribunal se ha preguntado "por qué y para qué lo hacía", y ha concluido que a Ibarra ese sistema "le resultaba muy cómodo" para "estar informado" de la evolución de personas con declaraciones confidenciales -por amenazas terroristas- o un historial especialmente litigioso con Hacienda, según indicó ante la Sala.
En el fallo se ha destacado que la Fiscalía tampoco ha acreditado "ninguna actuación concreta" en la que Ibarra "hubiera impedido" la comprobación de datos de quienes aparecían en su programa.
El tribunal analiza caso por caso las empresas y personas supuestamente favorecidas, para concluir que tampoco queda probado el delito de prevaricación.
La acusación había sustentado el delito de cohecho en indicios sobre el aumento de patrimonio de Ibarra en unos 337.000 euros, que llevaban a la fiscalía a afirmar que las cantidades más importantes de dinero en metálico que logró acumular en algunos años coincidían con la entrada en su lista de un mayor número de contribuyentes; de ahí el supuesto soborno por otorgarles trato favorable.
Sin embargo, el tribunal ha estimado que "no hay prueba alguna en todo el procedimiento" que justificara que Ibarra recibiera tales sobornos y que "las hipótesis" sobre el origen del dinero "pueden ser múltiples", pero sin indicios de que lo recibiera "al objeto de cometer actos delictivos dentro de la Hacienda Foral".
Sobre los otros tres imputados, el tribunal ha argumentado que si Ibarra queda absuelto como autor de esos delitos, también lo deben ser quienes estaban considerados colaboradores en sus actuaciones.