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Las claves de la reforma laboral

Abaratar el despido, penalizar los contratos temporales y el fondo para pagar las indemnizaciones por despidos son las principales novedades.

Redacción

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Despido

Las empresas podrán justificar los despidos objetivos, individuales o colectivos, por la mala marcha de sus negocios, sin necesidad de afrontar un mínimo temporal de pérdidas.

Los despidos procedentes o justificados tendrán una indemnización de 20 días por año trabajado en toda la clase de contratos.

En el caso de los despidos improcedentes, se rebajará de 45 a 33 días la indemnización por cada año trabajado.

Contratos temporales

La duración de los contratos por obra y servicio se limita a 3 años ampliables a cuatro por convenio los contratos por obra y servicios. La indemnización por esos contratos se elevará de 8 a 12 días progresivamente hasta 2012. Transcurrido ese plazo, el trabajador deberá adquirir un contrato fijo.

En ese tipo de contratos se aumentará en dos puntos la cotización a la Seguridad Social.

Los eventuales tendrán una duración máxima de 6 meses dentro de un año desde que se inició el primer contrato laboral.

Contrato de fomento

Este tipo de contrato será para todos los trabajadores que lleven más de tres meses en paro. En el caso de que no lleve tanto tiempo en desempleo, deberá haber estado trabajando los dos años anteriores con contrato temporal.

Copago de los despidos

El Gobierno creará un fondo en 2012 para pagar parte de las indemnizaciones por despidos de quienes se acojan a un contrato de fomento de la contratación indefinida.

Las empresas aportarán dinero que luego se deducirá de la parte que deben pagar en las indemnizaciones.

Fogasa

Hasta 2012, las extinciones de los contratos de fomento de empleo indefinido, que tienen una indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirán entre la empresa (22 días) y el Fondo de Garantía Salarial (8 días).

Flexibilidad

Las empresas tendrán mayor libertad para cambiar las condiciones laborales del trabajador, como la jornada, los turnos o cambios en el sueldo.

En caso de que haya desacuerdos sobre esas modificaciones, un árbitro dictaminará las medidas alternativas.

Liberalización de los servicios de empleo

Liberalizando los servicios de empleo, se dará entrada e las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) en todos los sectores. Sin embargo, las ETT deberán garantizar que sus clientes entren en la empresa con las mismas condiciones que los demás trabajadores.

Bonificaciones por contratos

Se pondrá fin a las bonificaciones universales a la contratación indefinida para jóvenes, mujeres y desempleados de larga duración.

Contratar a personas de entre 16 y 30 años que lleven al menos un año en paro y no tengan la escolaridad laboral o título profesional se bonificará con 800 euros en cuota empresarial de la Seguridad Social durante 3 años. En el caso de las mujeres, la bonificación ascenderá a 1.000 euros.

Cuando el contratado tiene más de 45 años y lleva un año desempleado, la bonificación será de 1.200 euros por hombres, y 1.400 euros por mujeres.

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